La propiedad compartida y la temporal siguen siendo unas perfectas desconocidas para la mayoría de personas que quieren acceder a la propiedad de una vivienda. Las llamadas tenencias intermedias están reguladas en el Código Civil de Cataluña (CCC) mediante la Ley 19/2015, de 29 de julio.
Como sabes, son dos formas de acceso a la vivienda asequibles al tiempo que estables y flexibles, alternativas a la compra y el alquiler. Una vía para aquellas familias que desean ser propietarias, cuyos ingresos no alcanzan para pagar la letra mensual de una hipoteca bancaria. En muchos casos, estas familias tampoco pueden contemplar el alquiler como una alternativa real, ya que no es asequible y la ley actual que lo regula no aporta estabilidad suficiente al inquilino.
Continuamos la entrevista con el Doctor Sergio Nasarre, director de la de la Universidad Rovira i Virgili (URV), y su equipo de investigadores.
Hablamos del alquiler como una opción real de tenencia, que debería ser asequible para todos aquellos que deseen ser inquilinos en vez de propietarios. A través del proyecto , la Cátedra ha comparado 35 normativas de alquiler de 35 países de la Europa occidental. “Países con altas tasas de alquiler tienen un modelo contrario al de los países del sureste de Europa”, destaca la investigadora Elga Molina. Las conclusiones de dicho estudio forman la base sobre la que escriben la nueva ley de arrendamientos urbanos (LAU) de Catalunya, encargada por la Generalitat.
“Queremos que tengan acceso al alquiler familias de clase media y media-alta y que pueda ser una opción estable, que puedan establecerse con su familia”, añade Molina. “La ley de 2013, que flexibilizaba el alquiler, no ha sido efectiva”, concluye. “En estos años, el alquiler solo ha subido un punto. Es coyuntural, no es atribuible a la ley”, añade Nasarre, que participó en la comisión de creación de esa ley.