Ante los últimos acontecimientos relacionados con el alquiler de viviendas de uso turístico, queremos hacer hincapié en la obligatoriedad de tener el número de registro informado en los anuncios de inmuebles de alquiler de temporada que sean de uso turístico. Además, también nos gustaría recordarte que la Ley de Turismo de la Generalitat de Catalunya obliga a que los anuncios de viviendas de uso turístico publicados en portales muestren este número de RTC. Si tienes inmuebles en alquiler de temporada, habrás visto que el campo “Nº de registro” aparece de forma bien visible en la ficha del anuncio de alquiler de temporada.
Desde el inicio de 2013, el alquiler en Catalunya está regulado por el de la Generalitat. Hasta ahora, se regía por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) en toda España y los inmuebles que se alquilaban por temporadas estaban excluidos de la consideración de apartamento turístico, aunque la estancia y la tipología de usuario coincidieran plenamente con los apartamentos turísticos.